RESUMEN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS

El Plan de Estudios como parte del currículo Universitario se caracteriza por ser flexible, es decir, nos permite modificaciones en función de la diversidad humana  y  social,  de  las  particularidades,  necesidades e  intereses  de  los estudiantes de acuerdo a su contexto en particular.
El modelo curricular que orienta la actualización curricular está basado en el Enfoque por competencias: competencias generales y específicos; asignaturas Generales,  específicos  y  de  especialidad, asimismo, se  ha  considerado  la flexibilidad curricular (cursos electivos).

Ley Universitaria N° 30220, en su artículo 40° referido al Diseño Curricular, establece: “Cada  universidad  determina  el  diseño  curricular  de  cada especialidad,  en  los  niveles  de  enseñanza  respectivos,  de acuerdo  a  las necesidades nacionales y regionales que contribuyan al desarrollo del país. […] Cada universidad determina en la estructura curricular el nivel de estudios de pregrado,  la  pertinencia  y  duración de  las  prácticas  preprofesionales,  de acuerdo a sus especialidades. […] El currículo se debe actualizar cada tres (3) años o cuando sea conveniente, según los avances científicos y tecnológicos”. (Énfasis nuestro).

Artículo 79° De la Actualización del Currículo (2015) El currículo de cada carrera profesional se debe actualizar cada tres (03) años, según los avances científicos y tecnológicos o cuando resulte necesario y/o conveniente.  El  desarrollo  curricular  debe  ser  evaluado  cada  año  por  la Comisión respectiva. Los estudiantes inician y terminan con un currículo único.

La Ley Universitaria N° 30220 del Perú, en su Artículo 40, establece la importancia de la evaluación y actualización continua de los planes de estudio, lo que es fundamental para  asegurar  la  calidad  educativa y la pertinencia de la formación profesional. A continuación, se presenta una fundamentación detallada de los argumentos pedagógicos, jurídicos y de investigación que justifican esta necesidad.